viernes, 20 de abril de 2012

economicos del b

Calderon & Asociados S.A de C.V


NOMBRE: Calderon & Asociados S.A. de C.V


GIRO: servicio de exportación e Importación.


TAMAÑO: Grande


TIPO DE SOCIEDAD: Calderon es una sociedad anónima de capital variable.


Ya que es una sociedad mercantil capitalista, con denominación fundacional, representado por acciones nominativas suscritas por accionistas que responden hasta por el monto de su aportación. Así mismo es una sociedad mercantil cuyos titulares lo son en virtud de una participación en el capital social a través de títulos o acciones. Los accionistas no responden con su patrimonio personal, sino únicamente con el capital aportado.


ANTECEDENTES: Calderon surge el día 31de enero del 2012 a partir de la idea de la creadora Lourdes Maritza Trujillo Calderon, ya que la idea de prestar un servicio de exportación e importación de productos legales (telas).


SOCIOS - $40,000.00 de capital


Gerardo Alvarado Gomez
Orlando Trujillo Hernandez
Sandra Calderon Rodas


Vanessa Gonzales Vazquez
DATOS DE LA EMPRESA: 16 Avenida Norte núm. 21 Col. Centro


Tapachula, Chiapas, México C.P 30700


CEL: (044) 9621235374
PLANES:


* SER UNA EMPRESA RECONOCIDA INTERNACIONALMENTE POR SU EXCELENTE SERVICIO A FIN DE AÑO.

* TENER LA MAYOR EFICENCIA DE EXPORTAR E IMPORTAR EN TAN POCO TIEMPO.

* TENER UN BUEN PERSONAL PARA BRINDAR UN SERVICION DE CALIDAD.



OBJETIVOS:


* EXPORTAR E IMPORTAR BUENOS PRODUCTOS EN TIEMPO Y FORMA.

* TENER UN RECONOCIMIENTO POR SER UNA EXCELENTE EMPRESA POR SUS SERVICIOS A COMPARACION DE LAS DEMAS.

* GENERAR CAPITAL MES A MES.


Exportadores e importadores del consulado de honduras


UPS SCS HONDURAS S. De R.L Para contactar por favor llene el siguiente formulario Transporte y servicios de carga/naviera, Servicios de Logistica y Distribución, Administración de Comercio Internacional, Diseño y planeación de la Cadena de Suministros. MOLINO HARINERO SULA Para contactar por favor llene el siguiente formulario Harina de trigo y pastas alimenticias FEDEX Para contactar por favor llene el siguiente formulario Envios Internacionales en cuanto a paquetes o sistema de paqueteria(los envios son en base a direcciones fisicas) LACTEOS DE HONDURAS, S.A. (LACTHOSA) Leches pasteurizadas y UHT, Malteadas Pasteurizadas y UHT, Jugos pasteurizados y UHT, Quesos procesados y maduros, Cremas pasteurizadas, Bebidas saborizadas ELECTROCONDUCTORES DE HONDURAS S.A. DE C.V. (ECOHSA) Para contactar por favor llene el siguiente formulario Conductores de Aluminio para transmisión y distribución de Energía Eléctrica CONSORTIUM JR PAZ Y ASOCIADOS ( LEXHON S. DE R.L. DE C.V.) Para contactar por favor llene el siguiente formulario Servicio de Asesoria Legal y Notariado PLASTICOS VANGUARDIA Para contactar por favor llene el siguiente formulario Placas, láminas y tiras de plástico para protección y empaque, linners baja densidad, etiquetas impresas, recina recicladade polipropileno INDUSTRIAS PANAVISION S. A. de C. V. Para contactar por favor llene el siguiente formulario fabricación y distribución de mobiliario para oficina. ESPECIAS DON JULIO Para contactar por favor llene el siguiente formulario Especias y condimentos para cocinar, salsas, pastas de tomate, desinfectantes para baño DIGICEL HONDURAS S.A. DE C.V. Para contactar por favor llene el siguiente formulario Servicios de Telecomunicaciones UNILEVER DE CENTROAMERICA Para contactar por favor llene el siguiente formulario Fabricación y exportacion de jabones, detergentes preparados y productos de consumo alimenticio. LARIOS INTERNATIONAL Para contactar por favor llene el siguiente formulario Asesores de Seguros Compañía Hondureña del Café (COHONDUCAFE) Exportación de Café INMOBILIARIA HONDUREÑA DEL VALLE, S.A. (INHDELVA) Para contactar por favor llene el siguiente formulario Arrendamiento y venta de bodegas industriales GABRIEL KAFATI S.A. Café torrefacto, Café gourmet, Café gourmet con sabores GRUPO DELI HONDURAS S.A. DE C.V. Para contactar por favor llene el siguiente formulario PRODUCCION, PROCESO Y EXPORTACION DE CAMARON CULTIVADO ORGANICO E INORGANICO, PROCESO Y EXPORTACION DE CHILE JALAPEÑO Honduras Logistic, S.A. Para contactar por favor llene el siguiente formulario Consolidación de carga aérea, marítima y terrestre, seguro de carga Agencia Naviera Europea, S.A. Para contactar por favor llene el siguiente formulario Agencia Naviera THERMOTEC Para contactar por favor llene el siguiente formulario Suministro de Materiales y Equipos; Suministro de Servicio de Instalación y Mantenimiento; Diseño y recomendaciones para Plantas de Procesos de Alimentos Elcatex/Genesis Apparel Para contactar por favor llene el siguiente formulario Producción de telas y de paquete completo, ropa interior femenina y masculina (tees, v-necks, boxers, sweatpants y sweat shirts), estampado, serigrafía, bordado, producción de elásticos, generación de energía, servicio de laboratorio (análisis de agua), MULTIDATA Para contactar por favor llene el siguiente formulario Conexión Frame Relay, de canales claros, intenet a corporaciones, a Pyme's, a ISP's, proveer equipos de comunicaciones MOUNT DORA FARMS DE HONDURAS Para contactar por favor llene el siguiente formulario Mount Dora Farms se especializa en el procesamiento de chiles jalapeños. VILLANUEVA INDUSTRIAL PARK Para contactar por favor llene el siguiente formulario Edificios de alquiler para zonas de parque industrial. Berlín S.A. Para contactar por favor llene el siguiente formulario Distribucion y exportacion de productos comestibles hechos en Honduras. Honduras Química Para contactar por favor llene el siguiente formulario Productores y comercializadores de productos químicos para el área de ferretería, construcción e institucional comercial. Grupo CROPA PANALPINA Logistics Para contactar por favor llene el siguiente formulario Servicios Logísticos Grupo McCOS Servicios Logísticos y aduaneros Florencia Plaza Hotel Para contactar por favor llene el siguiente formulario Industria Hotelera, Suites equipadas con las más finas comodidades. -Amplios locales puestos a su disposición para cualquier tipo de evento ZIP El Porvenir Para contactar por favor llene el siguiente formulario Zona Industrial de Procesamiento MILANO S. de R.L. Para contactar por favor llene el siguiente formulario Muebles y Madera Espresso Americano Para contactar por favor llene el siguiente formulario Espresso Americano está comprometida a servir solo el mejor café y para cumplir con estos estándares de calidad, somos una empresa integrada verticalmente, controlando la materia prima, el tostado y distribución del café. Se cosecha el café en las mejores fincas de Honduras y se tuesta como el verdadero tipo espresso italiano, un tostado oscuro el cual caracteriza todo el romanticismo de Italia. Industrias Sula, S. DE R. L. Para contactar por favor llene el siguiente formulario Distribuci on de productos comestibles Plátano fresco o seco, tostones, sopas, salsas, vinagres, jalea de piña, frutas tropicales Beneficio Agroindustrial El Cerro Para contactar por favor llene el siguiente formulario Frijol Rojo, Frijol Negro, Arroz, Maíz Cooperativa Raos Para contactar por favor llene el siguiente formulario La cooperativa Regional de Agricultores Orgánicos de la Sierra (RAOS) de La Paz, Honduras es una cooperativa productora de Cafe Organico exportable. Finca El Carmen Para contactar por favor llene el siguiente formulario Ofrece productos de alata calidad de consumo humano, distibucion de fertilizantes, productos veterinarios, equipo para la agroindustria y restaurante. Marebsa Para contactar por favor llene el siguiente formulario Diseño de muebles de madera y sus partes, Productos orgánicos, Café Importadora-Exportadora Hondureña (IMEXHO) Para contactar por favor llene el siguiente formulario Liquidambar, Pimienta Honduras Viajes y Artes Para contactar por favor llene el siguiente formulario Manufactura de Cuero y Madera Verduras y Frutas de El Paraíso (VERYFRUP) Para contactar por favor llene el siguiente formulario Camote, Malanga, Elotin, Ejote frances, Otros vegetales de tropical húmedo ACTIVIDADES Y REPRESENTACIONES COMERCIALES (ARCO) Productos nostálgicos y artesanías Asociación para el Desarrollo del Conglomerado de Rosquillas y Similares de Oriente (ARSO) Para contactar por favor llene el siguiente formulario Rosquillas, Hojaldras, Rosquetes, Quesadillas, Rosquilla Mixta Grupo ALZA Para contactar por favor llene el siguiente formulario Somos una empresa dedicada a la elaboración y distribución de productos alimenticios con el objetivo de brindar soluciones en dos grandes áreas: la industria alimenticia y el consumidor final. Fabrica de Alimentos Integrales Salu-Vita S. de R.L. Para contactar por favor llene el siguiente formulario Productos naturales - granola CAFEMO S. DE R.L. Cardamomo, café y pimienta gorda CREPAIMASUL Nuez de marañón - entera blanca, entera dorada.




FORMATOS













ORGANIGRAMA


ACTA CONSTITUTIVA

Por Escritura Pública Número Catorce Mil Ciento Trece........... del ...03../......Marzo./...2011, Folio Nº, labrada por el Escribano. Lic. Gustavo A. Morales Urioste.................., Titular del Registro Nº...Sesenta y uno del Estado de Chiapas y del Patrimonio inmueble federal......................se constituyó la........TELAS NOSMIKZ.. .(denominación) S.A. DE C.V.----------------------

I.- Acta constitutiva y estatus de la Sociedad denominada ¨TELAS NOSMIKZ¨ Sociedad de Anonima de Capital Variable.
------------------------- ----------- PERSONALIDAD: -------------------------------
------------- La señorita Marina Gutierrez Lopez Perez acredita la personalidad con que ocurre a este acto. Con el acta constitutiva y estatus de la sociedad denominada ¨TELAS NOSMIKZ¨ sociedad de producción rural de responsabilidad limitada. -------------------------------------------------------------------
a).ofrecen a nuestros clientes diferentes servicios especializados dependiendo de los requerimientos de cada uno, como: almacenajes, servicio puerta a puerta estudio de la logística necesaria para establecer el punto óptimo de cada operación.-.........-----b).- La distribución de .........PRODUCTOS HECHOS EN MEXICO.........................-----c).- Ejecutar toda clase de actos de comercio, pudiendo comprar, vender, importar,exportar y distribuir toda clase de artículos y mercancías.-----d).- Contratar activa o pasivamente, toda clase de prestaciones de servicios, celebrar contratos, convenios, así como adquirir por cualquier título patentes, marcas industriales,nombres comerciales, opciones y preferencias, derechos de propiedad literaria, industrial,artística o concesiones de alguna autoridad.-----e).- Formar parte de otras sociedades con el objeto similar de éste.-----f).- Emitir, girar, endosar, aceptar, avalar y descontar y suscribir toda clase de títulos decrédito, sin que se ubiquen en los supuestos del Artículo cuarto de la Ley del Mercado devalores.-----g).- Adquirir acciones, participaciones, parte de interés social, obligaciones de todaclase de empresas o saciedades, formar parte en ellas y entrar en comandita, sin que seubiquen en los supuestos del Artículo cuarto de la Ley del Mercado de Valores.-----h).- Aceptar o conferir toda clase de comisiones mercantiles y mandatos, obrando en su propio nombre o en nombre del comitente o mandante.-----y i).- Adquirir o por cualquier otro título poseer y explotar toda clase de bienesmuebles, derechos reales, así como los inmuebles que sean necesarios para su objeto.-----j).- Contratar al personal necesario para el cumplimiento de los fines sociales y delegar en una o varias personas el cumplimiento de mandatos, comisiones, servicios y demásactividades propias de su objeto.-----k).- La sociedad podrá otorgar avales y obligarse solidariamente por cuenta propia, asícomo constituir garantía a favor de terceros. -----y l).- Realizar y emitir toda clase de actos, operaciones, convenios, contratos y títulos,ya sean civiles mercantiles o de crédito relacionados con el objeto social.-----

 - CUARTA.- DURACION.- La duración de la Sociedad será de 24 meses, contados a partir de la fecha de la presente escritura. - - - QUINTA.- NACIONALIDAD.- La Sociedad tiene a Nacionalidad Mexicana, por lo que todos los socios extranjeros futuros de la Sociedad, se obligan formalmente con la Secretaría de Relaciones Exteriores a considerarse como nacionales respecto a las acciones que adquieran o de que sean titulares, así como de los bienes, derechos, concesiones, participaciones o intereses de que sea titular la Sociedad, o bien de los derechos y obligaciones que se deriven de los contratos en que sea parte la Sociedad con Autoridades Mexicanas, y a no invocar por lo mismo la protección de sus gobiernos, bajo la pena en caso contrario, de perder en beneficio de la Nación Mexicana las participaciones sociales que hubieren adquirido. - - - - - - - - - - - -Lo anterior aparecerá consignado en los títulos o certificados de acciones que al efecto se emitan. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - C A P I T U L O II - DE LA ADMINISTRACIÓN - - - - - - - - - - - - DÉCIMA SEGUNDA.- La administración de la sociedad estará a cargo de un Administrador Único o de un Consejo de Administración, según lo determine la Asamblea de Accionistas; en caso de Consejo estará integrado por un Presidente, un Secretario, un Tesorero y el número de vocales que designe la asamblea. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - DÉCIMA TERCERA.- El Administrador Único o los Miembros del Consejo de Administración tendrán que ser accionistas y durarán tiempo indefinido en el desempeño de sus cargos, podrán ser reelectos, y percibirán las remuneraciones que determine la asamblea general de accionistas, continuarán en sus funciones aún cuando hubiere concluído el plazo para el que hayan sido designados, mientras no se hagan nuevos nombramientos y los nombrados tomen posesión de sus cargos. - - - - - - - - - - - - - - - - DÉCIMA CUARTA.- El Administrador Único, los Consejeros en su caso, y demás empleados que determine el Consejo, para asegurar las responsabilidades que pudieran contraer en el desempeño de sus cargos, deberán caucionar sus manejos a satisfacción del Consejo o de la Asamblea.- - - - - - - - - - - - - - - - DÉCIMA QUINTA.- Para que el Consejo de Administración funcione legalmente deberá asistir por lo menos la mayoría de sus miembros y sus resoluciones serán válidas cuando sean tomadas por la mayoría de los presentes. En caso de empate el Presidente del Consejo tendrá voto de calidad.-- - - - - - - - - - - - - DÉCIMA SEXTA.- El Administrador Único o el Consejo de Administración en su caso, ejercerá con la mayor amplitud las siguientes facultades:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - a).- Administrar los bienes y negocios de la sociedad con todas las facultades generales y las especiales, aun las que, conforme a la ley, requieran mención o cláusula especial, sin limitación alguna, en los términos del Articulo 2554 dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Distrito Federal y su correlativo el Artículo 2453 dos mil cuatrocientos cincuenta y tres del Código Civil del Estado de Veracruz.- - - - - - - - - - - - - - - - - b).- Ejecutar actos de dominio respecto a los bienes y derechos de la Sociedad, igualmente con todas las facultades generales y las especiales, aún las que conforme a la Ley requieran Poder o cláusula especial, sin limitación alguna en los términos de los mencionados Artículos 2554 dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Distrito Federal y su correlativo el Artículo 2453 dos mil cuatrocientos cincuenta y tres del Código Civil del Estado de Veracruz.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - c).- Representar a la sociedad inclusive ante toda clase de autoridades Federales, Estatales o Municipales, Administrativas o Judiciales o ante árbitros o arbitradores y ante las autoridades de trabajo, con las atribuciones propias del mandato para pleitos y cobranzas, con todas las facultades generales y las especiales, aún las que requieran cláusula o mención especial, sin limitación alguna, en los términos del citado Artículo 2554 dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Distrito Federal y su correlativo el Artículo 2453 dos mil cuatrocientos cincuenta y tres del Código Civil del Estado de Veracruz, entre estas facultades de una manera meramente enunciativa las mencionadas en el Artículo 2486 dos mil cuatrocientos ochenta y seis del ordenamiento legal primeramente citado, para que en uso de este mandato pueda: desistirse, transigir, comprometer en árbitros, dirimir controversias a través de amigables componedores, entablar toda clase de recursos, absolver y articular posiciones, recusar y recibir pagos, así como presentar testigos, comparecer a remates, haciendo posturas, mejoras o pujas, recibir pagos y pedir la adjudicación de bienes; se le confieren facultades expresas para promover querellas, presentar denuncias, constituirse en parte civil y coadyuvar con el Ministerio Público, otorgar perdones, interponer y desistirse del juicio de amparo y sus recursos y cuantas facultades se requieran en toda clase de asuntos penales y laborales. - - - - - - d).- Mandato General amplísimo para Pleitos y Cobranzas, con todas las facultades generales y aún las especiales que requieran cláusula especial conforme a la ley para tener la representación patronal, para los efectos de los artículos 11 once, 46 cuarenta y seis, 47 cuarenta y siete, 134 ciento treinta y cuatro, fracción III tercera, 523 quinientos veintitrés, 692 seiscientos noventa y dos, fracciones I primera, II segunda y III tercera, 786 setecientos ochenta y seis, 787 setecientos ochenta y siete, 788 setecientos ochenta y ocho, 873 ochocientos setenta y tres, 874 ochocientos setenta y cuatro, 876 ochocientos setenta y seis, 878 ochocientos setenta y ocho, 879 ochocientos setenta y nueve, 880 ochocientos ochenta, 883 ochocientos ochenta y tres, 884 ochocientos ochenta y cuatro y demás relativos de la Ley Federal del Trabajo; podrá actuar frente o ante:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 1).- Los sindicatos con los cuales existan celebrados contratos de trabajo y para todos los efectos de conflictos colectivos.- - - - - 2).- Los trabajadores personalmente considerados y para todos los efectos de conflictos individuales, en general para todos los asuntos obrero-patronales y para ejercitarse ante cualesquiera de las Autoridades del Trabajo y Servicios Sociales a que se refiere el Artículo 523 quinientos veintitrés de la Ley Federal del Trabajo; podrá así mismo comparecer ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje, ya sean Locales o Federales, proponer arreglos conciliatorios, celebrar transacciones, para tomar toda clase de decisiones, para negociar y suscribir convenios laborales; al mismo tiempo podrá actuar como representante de la sociedad en calidad de Administrador, respecto y para toda clase de juicios o procedimientos de trabajo que se tramiten ante cualesquier autoridad. Al mismo tiempo podrá celebrar, modificar, resolver, novar, extinguir, revocar o rescindir contratos de trabajo, absolver y articular posiciones, podrá pagar y recibir pagos, podrá interponer toda clase de recursos, juicios y procedimientos e incluso el amparo, y desistirse de unos y otros.- e).- Mandato General Amplísimo para Pleitos y Cobranzas, con todas las facultades generales y aún las especiales que requieran cláusula expresa conforme a la ley, para que se tramite todo tipo de asuntos de naturaleza fiscal y administrativa, ante quien corresponda, enunciativamente ante las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, en todas y cada una de sus dependencias, incluyendo Servicios de Administración Tributaria (S.A.T.), Administración General de Recaudación, Auditoría Jurídica de Ingresos y Aduanas, Administraciones Locales de Recaudación, Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, Suprema Corte de Justicia de la Nación, Secretaria de Finanzas y Administración del Estado, Tesorería Municipal, Instituto Mexicano del Seguro Social, Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y demás Organismos descentralizados o Paraestatales que directa o indirectamente se relacionen con asuntos fiscales y administrativos; pudiendo en consecuencia: firmar, gestionar, tramitar, oír y recibir notificaciones, ofrecer, promover, presentar y rendir pruebas, presentar promociones y toda clase de documentos, formular alegatos, interponer recursos, presentar toda clase de documentos, suscribir, firmar, novar, modificar, extinguir, rescindir, resolver contratos y convenios para los fines mencionados, siendo lo anterior enunciativo y no limitativo, toda vez que se le otorga el mandato más amplio como en derecho sea posible y sin limitación alguna.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - f).- Emitir, suscribir, aceptar, otorgar, endosar, avalar o en cualquier forma negociar títulos de crédito y obligar cambiariamente a la sociedad.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - g).- Nombrar y remover a los Gerentes de la Sociedad y señalarles sus facultades, obligaciones y remuneraciones. Nuestro gerente es Jorge Alfonso Aragón Cano- - - - -- - - - - h).- En el caso de existir Consejo de Administración, actuar en el desahogo de sus atribuciones por medio de Delegados nombrados de entre sus miembros y en su defecto por medio del Presidente.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - i).- Ejecutar los acuerdos de la asamblea, interpretarlos y proveer a su mejor aplicación y cumplimiento.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - j).- Nombrar mandatarios con todas las facultades que en cada caso estime pertinentes, de las que le son propias, al mismo Consejo o al Administrador Único, en su caso, así como revocar los respectivos mandatos. Se ha nombrado directora a Brenda Rebeca Palma jurado, así como a Marcela Ramos Almeida como subgerente - - - - - - - -- - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - k). – Abrir cuentas bancarias a nombre de la sociedad y designar a las personas que habrán de girar en contra de ellas. - - - - - - - - DÉCIMA SÉPTIMA.- El Administrador Único o el Presidente del Consejo de Administración en su caso, será el representante legal de esta Sociedad y del Consejo y cumplirá los acuerdos de este ultimo sin necesidad de resolución especial alguna; por el solo hecho de su nombramiento tendrá las facultades asignadas al Consejo en la cláusula décima sexta anterior y podrá ejercitarlas sin restricción alguna. Nosotros optamos por manejarnos por medio de un administrador único y no un consejo, su nombre es María de los Ángeles Sánchez Segura. - - - - - - - - - - - - - - C A P I T U L O III - - - - - - - - - - - - - - - - - - V I G I L A N C I A - - - - - - - - - - - - - - - DÉCIMA OCTAVA.- La vigilancia de la sociedad será encomendada a un Comisario, que será designado por la asamblea general de accionistas. Nosotros elegimos Comisaria a Michel Merida Galindo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - DÉCIMA NOVENA.- El Comisario durará en su encargo un período indefinido, no necesita ser accionista de la sociedad y podrá ser reelecto; continuará en funciones hasta que la persona designada para sustituirlo, tome posesión del cargo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VIGÉSIMA.- El Comisario tendrá las atribuciones y obligaciones enumeradas en el Artículo 166 ciento sesenta y seis de la Ley General de Sociedades Mercantiles.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VIGÉSIMA PRIMERA.- El Comisario otorgará las mismas garantías estipuladas en la cláusula décima cuarta de esta escritura para los consejeros, y no podrá retirarlas hasta que su gestión haya sido aprobada por la asamblea general de accionistas.- - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - C A P I T U L O I V - - - - - - - -- - - - - - - - ASAMBLEAS GENERALES - - - - - - - - - - VIGÉSIMA SEGUNDA.- Las asambleas generales de accionistas serán ordinarias y extraordinarias. Las convocadas para tratar cualquiera de los asuntos incluidos en el Artículo 182 ciento ochenta y dos de la Ley General de Sociedades Mercantiles serán asambleas extraordinarias.- - - - - - - - - - - - - - Todas las demás serán ordinarias.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --- VIGÉSIMA TERCERA.- Las convocatorias para asambleas generales de accionistas deberán ser hechas por el Administrador Único, por el Consejo de Administración o por el Comisario; sin embargo los accionistas que representen por lo menos el 33% treinta y tres por ciento del capital social, podrá pedir por escrito, en cualquier momento, que el Administrador Único, el Consejo de Administración o el Comisario convoquen a una asamblea general de accionistas para discutir los asuntos que especifiquen en la solicitud. Todo accionista dueño de una acción tendrá el mismo derecho en cualquiera de los casos a que se refiere el artículo 185 ciento ochenta y cinco de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Si el Administrador Único, el Consejo de Administración o el Comisario no hicieran la convocatoria dentro de los quince días siguientes a la fecha de su solicitud, el Juez de lo Civil o de Distrito del domicilio de la Sociedad, lo hará a petición de cualquiera de los interesados, quienes deberán exhibir sus acciones con este objeto. - - - - - - - - VIGÉSIMA CUARTA.- Las convocatorias para las asambleas deberán publicarse en uno de los periódicos de mayor circulación del domicilio social, por lo menos con quince días de anticipación a la fecha fijada por la asamblea. Las convocatorias contendrán la Orden del Día y deberán estar firmadas por la persona o personas que las hagan.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VIGÉSIMA QUINTA.- Las asambleas podrán ser celebradas sin previa convocatoria, si el capital social está totalmente representado en el momento de la votación. - - - - - - - - - - - - - - - VIGÉSIMA SEXTA.- Los accionistas podrán ser representados en las asambleas por la persona que designaren mediante Mandato otorgado ante dos testigos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VIGÉSIMA SÉPTIMA.- Las actas de asambleas serán registradas en el libro respectivo y serán firmadas por el Presidente y el Secretario de las asambleas, así como por el Comisario, si éste asistiere. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VIGÉSIMA OCTAVA.- Las asambleas serán presididas por el Administrador Único o por el Presidente del Consejo de Administración en su caso, y actuará como Secretario el del propio Consejo o quien se designe expresamente para tal efecto. En caso de que cualquiera de ellos estuviere ausente, por la persona o personas a quien o quienes designen los accionistas presentes, por mayoría de votos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VIGÉSIMA NOVENA.- Las asambleas ordinarias serán celebradas por lo menos una vez al año, dentro de los tres meses siguientes a la clausura de cada ejercicio social. Además de los asuntos especificados en la Orden del Día deberán:- - - - 1.- Discutir, aprobar, modificar y resolver lo conducente en relación con el balance general y demás documentos contables después de haber oído el informe del Administrador Único, del Consejo de Administración en su caso, y del Comisario.- - - - - - - 2.- Nombrar al Administrador Único, a los miembros del Consejo de Administración y al Comisario, y determinar sus remuneraciones; y. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 3.- Decidir sobre la aplicación de utilidades.- - - - - - - - - - - - - - - - TRIGÉSIMA.- Para ser válidas, las Asambleas Generales Ordinarias de accionistas, celebradas por virtud de la primera convocatoria, deberán reunir por lo menos el 50% cincuenta por ciento del capital social y sus resoluciones serán válidas cuando se tomen por el voto favorable de la mayoría de acciones. En segunda Convocatoria, la Asamblea será válida con las Acciones que comparezcan y sus resoluciones serán adoptadas por mayoría de votos. Las Asambleas Extraordinarias requerirán el Quórum que establecen los Artículos 190 ciento noventa y 191 ciento noventa y uno de la Ley General de Sociedades Mercantiles. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - C A P I T U L O V - - - - - - - - - - - - - - - - PERDIDAS Y GANANCIAS - - - - - - - - - TRIGÉSIMA QUINTA.- Deducidos los gastos generales, entre los que se comprenden pagos y honorarios a los consejeros o al Administrador Único, y en su caso al Comisario, las utilidades que se obtengan previa deducción de las cantidades necesarias para las amortizaciones, depreciaciones y castigos e impuesto sobre la renta, se aplicará como sigue: a) Se separará un 5% cinco por ciento para formar el fondo de reserva legal hasta que alcancen el 20% veinte por ciento del capital social. b). Se separarán las cantidades que la asamblea acuerde para la formación de uno o varios fondos de reserva especial. c).- Del remanente se distribuirá como dividendos entre los accionistas en proporción al número de sus acciones, la cantidad que acuerde la asamblea. d). Los sobrantes repartibles serán llevados a cuenta nueva de utilidades por aplicar. - - - - - - - - - - - TRIGÉSIMA SEXTA. - Las pérdidas si las hubiere serán reportadas primeramente por los fondos de reserva y a falta de éstos se prorratearán entre el número de acciones.- - - - - - - - - - C A P I T U L O VI - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - DISPOSICIONES GENERALES - - - - - - - - CUADRAGÉSIMA.- Las cláusulas de esta escritura constituyen los Estatutos de la Sociedad de acuerdo con la parte final del Artículo 6o. Sexto de la Ley General de Sociedades Mercantiles. CUADRAGÉSIMA PRIMERA.- Para todo lo no previsto en esta escritura se estará a lo que prescribe la Ley General de Sociedades Mercantiles y demás aplicables a la materia. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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